Cumplimiento de las normas de exportación de Digi
Los productos de encriptación Digi han sido revisados por la Oficina de Industria y Seguridad (BIS), una rama del Departamento de Comercio de EE.UU., que regula las exportaciones a través de las Regulaciones de Administración de Exportaciones (EAR) o son elegibles para la autoclasificación Estas regulaciones describen las restricciones a la exportación de una amplia variedad de bienes, software y tecnologías. Los productos Digi pueden acogerse a la Excepción de Mercado Masivo, la Excepción de Licencia ENC (15 CFR Parte 740.17) o no tienen requisito de licencia (NLR) para todas las ventas no gubernamentales. El sitio web de la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de EE.UU. ofrece orientación sobre las exportaciones de EE.UU. en https://www.bis.doc.gov/licensing/exportingbasics.htm.
Estado de la encriptación
Las soluciones y productos de encriptación restringida de Digi pueden entregarse a los usuarios finales para una amplia variedad de usos finales y destinos sin tener que solicitar una licencia de exportación individual.
Las soluciones y productos sin restricciones de Digi pueden entregarse a la mayoría de los usuarios finales para usos finales en todo el mundo sin necesidad de licencia. Tanto las soluciones y productos restringidos como los no restringidos de Digi han sido sometidos a una única revisión por parte del gobierno de los Estados Unidos y pueden acogerse a la excepción de licencia ENC (15 CFR Parte 740.17(b)(2) y (b)(3)). Las soluciones y productos para el mercado de masas de Digi pueden optar a la autoclasificación según el 15 CFR Parte 740.17(b)(1). Las soluciones y productos para el mercado masivo normalmente no requieren una licencia y se exportan bajo la designación "NLR" (No License Required).
Las soluciones y productos de Digi que contengan un cifrado de 64 bits o menos pueden entregarse a la mayoría de los usuarios finales de todo el mundo, excepto a las entidades o usuarios finales de los siguientes países: Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria.
Todas las transacciones deben someterse a un control de conformidad para garantizar que ninguna de las partes de una orden figure en ninguna de las diversas listas de partes y entidades denegadas.
Para determinar la clasificación de un producto determinado, visite la herramienta de datos de exportación de productos de Digi
Puede buscar por ECCN, CCATS y número de pieza Digi.
¿Qué hay que saber sobre el proceso de exportación?
- Todas las transacciones están sujetas a los controles de exportación del país en el que se originan.
- Todas las transacciones también están sujetas a los controles de reexportación de Estados Unidos, independientemente de la ubicación del pedido.
- No se puede enviar ningún producto a los países embargados por Estados Unidos.
- No se puede enviar ningún producto a ninguna parte de la lista de denegación.
- Sólo los productos restringidos 5A002 y 5D002 están fuertemente controlados por Estados Unidos, sin embargo, otros países no hacen distinción entre los productos restringidos y no restringidos de Estados Unidos y controlan todos los productos 5A002 y 5D002.
- Para todos los pedidos de productos restringidos debe haber información sobre el uso final/el lugar de instalación. Los distribuidores, transportistas y depósitos NO son usuarios finales. El lugar de instalación debe ser identificado y controlado.
- Todas las transacciones se someten a un control de conformidad para garantizar que ninguna de las partes de una orden figure en ninguna de las diversas listas de partes y entidades denegadas.
Solicitud de licencia
Se requiere una licencia de exportación de EE.UU. para los usuarios finales gubernamentales y militares fuera de la zona libre de licencias de la UE. Si es necesario, Digi solicitará una licencia de exportación para el usuario final. Basándose en la información proporcionada, Digi determinará si es necesario solicitar una licencia. Digi solicitará la licencia en nombre del usuario final. Digi siempre intentará que sus clientes puedan acogerse a las exenciones de licencia. Los usuarios gubernamentales y militares fuera de la zona libre de licencias de la UE requerirán una licencia de exportación de EE.UU..
Restricciones a las exportaciones de Estados Unidos
Países sin licencia de la UE |
Países sin licencia de la UE |
Países embargados |
Todos los productos restringidos pueden ser enviados, sin necesidad de licencia ni garantía escrita.
Alemania, Austria, Australia, Bélgica, Bulgaria, Canadá, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa y Rumanía, Suecia, Suiza y Turquía. |
Todos los productos restringidos tienen los siguientes requisitos:
Se requiere un usuario final para el producto de cifrado restringido.
Los usuarios finales gubernamentales y militares deben tener una licencia. |
No se envía nada, si tienes dudas contacta: Export.Compliance@digi.com
Cuba
Irán
Corea del Norte
Siria |
Soluciones civiles: Cifrado restringido y no restringido
Los productos y soluciones de encriptación fuerte restringidos de Digi pueden ser exportados o reexportados a la mayoría de los usuarios finales y destinos civiles/comerciales sin tener que solicitar una licencia de exportación individual, excepto los destinos embargados y los países designados para apoyar actividades terroristas. Los países enumerados en la Parte 746 de las EAR como destinos embargados que requieren una licencia son Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria.
Los productos y soluciones no restringidos de Digi pueden exportarse a la mayoría de los usuarios finales de todo el mundo sin necesidad de licencia, excepto a los destinos embargados de Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria.
Soluciones gubernamentales: Cifrado restringido
Las entidades gubernamentales que no están ubicadas en los siguientes países necesitan una licencia de exportación de EE.UU. para obtener artículos restringidos de encriptación fuerte no al por menor: Alemania, Austria, Australia, Bélgica, Bulgaria, Canadá, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa y Rumanía, Suecia, Suiza y Turquía.
Soluciones gubernamentales: Cifrado sin restricciones
Los productos y soluciones de encriptación fuerte sin restricciones de Digi pueden ser exportados o reexportados a la mayoría de los usuarios finales/usos finales del gobierno ubicados en todos los destinos, excepto los destinos embargados y los países designados para apoyar actividades terroristas. Los países enumerados en la Parte 746 de las EAR como destinos embargados que requieren una licencia son Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria.
Soluciones civiles/comerciales o gubernamentales (64 bits o menos)
Los productos y soluciones de Digi que contienen un cifrado de 64 bits o menos pueden entregarse a usuarios finales gubernamentales, civiles, militares y comerciales de todo el mundo, excepto a entidades o usuarios finales de los siguientes países: Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria.
Lista de Partes Denegadas/Restringidas y Países Embargados
Todos los productos y soluciones de Digi están sujetos a controles antiterroristas y no pueden entregarse a personas o entidades que figuren en la lista de partes denegadas/restringidas del gobierno de Estados Unidos sin obtener previamente una licencia. Por favor, revise las listas de la Oficina de Industria y Seguridad de EE.UU. para comprobar en https://www.bis.doc.gov/index.php/policy-guidance/lists-of-parties-of-concern para obtener más información.
Países embargados
Los productos de Digi, incluidas las soluciones de cifrado, pueden exportarse o reexportarse a la mayoría de los usuarios finales civiles/comerciales ubicados en todos los territorios, excepto los destinos embargados y los países designados para apoyar actividades terroristas. Los países enumerados en el Suplemento 1 de la Parte 738 de las EAR como destinos embargados que requieren una licencia son Cuba, Irán, Corea del Norte y Siria.
Entrega, importación y uso
La entrega de los productos criptográficos de Digi no implica una autorización ilimitada de terceros para importar, distribuir o utilizar el cifrado restringido y no restringido.
- Los importadores, distribuidores, clientes y usuarios son responsables del cumplimiento de las leyes y reglamentos de exportación de Estados Unidos y de los países locales.
- Digi recomienda encarecidamente a los importadores, distribuidores y usuarios que investiguen estas normativas antes de implantar el producto de encriptación.
- Digi anima a los clientes a ponerse en contacto con su transitario local, consultor o un abogado con conocimientos de los requisitos de exportación internacional para garantizar el cumplimiento.
Usos prohibidos
Los productos, el software y los datos técnicos de Digi no pueden utilizarse, directa o indirectamente, en usos incompatibles con el diseño original y la aplicación prevista (por ejemplo, gestión de comunicaciones y redes), sin la autorización de Digi y la autorización aplicable del gobierno de los Estados Unidos. Esto incluye, pero no se limita a, las siguientes actividades:
- Diseñar, desarrollar o fabricar armas nucleares o dispositivos explosivos nucleares; o idear, realizar o evaluar pruebas nucleares o explosiones nucleares.
- Diseñar, ayudar a diseñar, construir, fabricar o explotar instalaciones para el tratamiento químico de materiales nucleares especiales irradiados, para la producción de agua pesada, para la separación de isótopos de cualquier fuente y de materiales nucleares especiales o especialmente diseñadas para la fabricación de combustible para reactores nucleares que contengan plutonio.
- Diseñar, ayudar a diseñar la construcción, fabricar, suministrar o modificar equipos para la fabricación de armas químicas o biológicas, precursores químicos, virus, viroides, bacterias, hongos o protozoos.
- Diseñar, ayudar a diseñar, construir, fabricar o suministrar equipos para componentes especialmente diseñados, modificados o adaptados para su uso en dichas instalaciones.
- Formación del personal en cualquiera de las actividades anteriores.
Datos de exportación de productos
Puede utilizar la herramienta de datos de exportación de productos para localizar el ECCN, el país de origen, la lista de aranceles armonizados y el estado de control de codificación. La herramienta está disponible en Digi's Product Export Data Tool.
Reexportación de artículos Digi
Las empresas estadounidenses y no estadounidenses que reexporten productos o tecnología de Digi deben cumplir con la normativa de exportación local y con la normativa de reexportación de Estados Unidos. La orientación relativa a las reexportaciones y otras transacciones en el extranjero que implican artículos originados en los EE.UU. se puede encontrar en https://www.bis.doc.gov/index.php/licensing/reexports-and-offshore-transactions
Ventas al Gobierno
Las ventas de productos Digi, excepto los categorizados como (b)(2) para ENC en ECCNs e incluidos en la búsqueda de datos de exportación de productos, están permitidas a entidades gubernamentales de países no sometidos a embargos.
Los productos encontrados en la búsqueda de datos de exportación de productos pueden ser exportados a entidades gubernamentales ubicadas en los países que se indican a continuación sin necesidad de una licencia de exportación de EE.UU. (Parte 740 Suplemento 3 "lista EU+8). Todas las demás ventas gubernamentales están prohibidas sin la revisión de la licencia.
Alemania, Austria, Australia, Bélgica, Canadá, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia, Suiza y Turquía.
Antes de cumplimentar una solicitud de licencia, póngase en contacto con Export.Compliance@digi.com para asegurarse de que el usuario final no puede acogerse a una de las categorías de exención de licencia.
Envíe por correo electrónico sus preguntas sobre el cumplimiento de la normativa en materia de exportación o sus informes sobre infracciones o preocupaciones a Export.Compliance.Team@digi.com
Para hablar con un consejero de exportación de la Oficina de Industria y Seguridad, llame al número indicado a continuación o visite www.bis.doc.gov para obtener más recursos:
División de Servicios de Extensión y Educación, Washington, DC: 202-482-4811